A partir del 26 de noviembre de 2015, los usuarios profesionales y vendedores de productos fitosanitarios deberán estar en posesión de un carné que acredite conocimientos apropiados para ejercer su actividad, según los niveles de capacitación establecidos en el artículo 18 y las materias especificadas para cada nivel en el anexo IV del RD 1311/2012.
Formación para la obtención del Carnet de manipulador de productos fitosanitarios.
Tramitación con la Administración competente para la obtención del Carnet.
Podrá obtener la acreditación para la aplicación de productos fitosanitarios.
A partir del 26 de noviembre de 2015, los usuarios profesionales y vendedores de productos fitosanitarios deberán estar en posesión de un carné que acredite conocimientos apropiados para ejercer su actividad, según los niveles de capacitación establecidos en el artículo 18 y las materias especificadas para cada nivel en el anexo IV del RD 1311/2012.
Las personas que desarrollen actividades relacionadas con la utilización de productos fitosanitarios deben estar en posesión de un carné que acredite el cumplimiento de los requisitos necesarios para su obtención.
El presente real decreto se aplicará a todas las actividades fitosanitarias, tanto en el ámbito agrario como en ámbitos profesionales distintos al mismo.
Ámbito profesional agrario: producción primaria agrícola y forestal.
Ámbitos profesionales distintos al agrario (jardinería, campos de deporte, huertos familiares y vecinales, instalaciones de cooperativas, campos de multiplicación salvo para el propio uso).
Nuestra experiencia y capacidad de ofrecer soluciones adaptadas al cliente.